Reenviamos nota de hoy sobre el aumento y su impacto en el bolsillo del aumento de las asignaciones familiares.
LISTA Nº 10
IDENTIDAD NO-DOCENTE
http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-111734-2008-09-17.html
SUBA DEL 35 POR CIENTO EN LAS ASIGNACIONES FAMILIARES MENSUALES Y DEL 50 EN LAS EXTRAORDINARIAS
Refuerzo para el bolsillo del empleado formal
Las asignaciones por hijo, hijo discapacitado y prenatal subieron un 35 por ciento. Las extraordinarias por casamiento, nacimiento y adopción lo hicieron en un 50 por ciento. Moyano, de la CGT, consideró “cubiertas las expectativas”.
El Gobierno anunció ayer un aumento de las asignaciones familiares, largamente esperado por la CGT, cuyo titular no disimuló su aprobación. La asignación por hijo a cargo pasará de los actuales 100 pesos a 135, a partir del actual mes. El límite de sueldo para acceder a dicho beneficio pasó, de los 2000 pesos vigentes hasta ahora, a 2400 pesos. El segundo tramo abarcará desde los 2400 hasta los 3600 pesos de sueldo, y le corresponderá una asignación por hijo de 101,30 pesos (antes, 75 pesos). La tercera franja irá de los 3600 hasta los 4800 pesos, y los empleados encuadrados en la misma recibirán 67,50 pesos por hijo (antes, 50 pesos). Por arriba de 4800 pesos de sueldo, el empleado no tiene derecho a asignaciones.
Hugo Moyano, titular de la CGT, manifestó que el aumento “cubre las expectativas de la central obrera”. Amado Boudou, titular de la Anses, en tanto, informó que el aumento del beneficio abarca a 4,8 millones de hijos de trabajadores con empleo formal, a casi 230 mil hijos de jubilados y a 700 mil cónyuges de jubilados. Anunció, además, que con el aumento se volcarán en favor de trabajadores y jubilados con esposa e hijos a cargo unos 400 millones de pesos en lo que resta del año. Para el año próximo, se proyecta un impacto en las cuentas públicas de 2300 millones de pesos por el efecto de la elevación de las asignaciones.
El aumento promedio de las asignaciones por hijo y por cónyuge alcanzó al 35 por ciento. Las asignaciones especiales (matrimonio, nacimiento de hijo o adopción), en cambio, fueron incrementadas en un 50 por ciento. La correspondiente a matrimonio pasó a 900 pesos (antes, 600), el beneficio por nacimiento se elevó a 600 (antes, 400) y la asignación por adopción fue llevada, de los 2400 pesos actuales, a 3600.
Boudou y Moyano, junto a Carlos Tomada (Trabajo) y Sergio Ma-ssa (jefe de Gabinete), hicieron el anuncio en la Casa Rosada luego de entrevistarse con la presidenta Cristina Kirchner. El titular de la CGT se mostró satisfecho. La organización gremial fue la primera en reclamar una actualización en las asignaciones familiares. Una vez cerrado el capítulo de las negociaciones salariales en paritarias, el reclamo de mejora en las asignaciones resultó una forma de buscar una recuperación de los ingresos de los trabajadores sin reabrir la discusión con las cámaras patronales. Resultó, a su vez, una suerte de compensación por la pérdida de poder adquisitivo de los salarios frente a la inflación.
La CTA, en cambio, se mantuvo al margen del anuncio y no consideró cubiertas sus expectativas, como Moyano. Por el contrario, la central sindical que encabeza Hugo Yasky mantiene el reclamo de asignación universal por hijo. Es decir, que alcance no sólo a los trabajadores formales o en blanco, sino a todo menor de edad de padres trabajadores, estén o no en blanco y estén o no desocupados.
“Es un paso más en la distribución del ingreso”, definió el titular de la cartera laboral, Carlos Tomada, que además dijo que las asignaciones apuntan a “la necesidad de ayudar a proteger a quienes son lo más importante en la sociedad, los niños”. Moyano, también durante la conferencia de prensa en la que acompañó a los ministros, señaló que “estas mejoras cubren las expectativas que tenía la CGT, porque en reuniones que se habían hecho en el seno de la Confederación habíamos considerado que un 35 por ciento era un aumento razonable, que cubría las expectativas de la conducción y de muchos hogares argentinos”. La modificación, además, eleva los límites superiores e inferiores de las franjas en un 20 por ciento, para abarcar a más beneficiarios.
La asignación por hijo discapacitado también se incrementa en 35 por ciento a partir de septiembre. En este caso, el beneficio mensual se otorga sin límite de edad del hijo. Para la primera franja de ingresos, la asignación pasa, de los 400 pesos hasta ahora vigentes, a 540 pesos en la nueva escala; para la segunda franja, pasa de 300 a 405 pesos, y para la tercera franja, de ingresos más elevados, va de 200 pesos a la nueva asignación de 270 pesos. Las asignaciones por hijo discapacitado suman 57.600 para los trabajadores activos, y 61.500 para los jubilados. Las asignaciones por cónyuge suman 701 mil.
De acuerdo con la información distribuida ayer por la Anses, las erogaciones mensuales por hijo, hijo discapacitado y prenatal suman mensualmente 186 millones de pesos. En los últimos cuatro meses de 2008, el aumento en el valor de estas asignaciones representará un impacto en las cuentas de la Seguridad Social de 302,6 millones de pesos. A lo largo de 2009, el impacto total alcanzará a 2238,9 millones de pesos, conforme con lo proyectado. Las denominadas asignaciones familiares extraordinarias, las que se pagan por única vez (matrimonio, nacimiento y adopción) alcanzan no sólo a trabajadores formales, sino también a beneficiarios de la prestación por desempleo y de la Ley de Riesgo de Trabajo y Veteranos de Guerra.
miércoles, 17 de septiembre de 2008
lunes, 8 de septiembre de 2008
82% móvil para los no-docentes en la UTN: acta de reunión del Consejo Superior del 3/7/08
REenviamos el acta en que se aprobó la propuesta del 82% móvil para los no-docentes de la UTN. La diferencia con la propuesta del Sec. General de APUTN, que pedía el 82% no movil (es decir no ajustable por inflación).
10.- SECRETARIO GENERAL DE LA APUTN: Profesor Norberto GUTIERREZ – solicita el tratamiento del proyecto de resolución, mediante la cual solicita al Gobierno Nacional la incorporación de todos los trabajadores Universitarios, al régimen jubilatorio que otorga el 82%, de las remuneraciones que vienen percibiendo.----------El Ing. Ércoli da lectura al proyecto de Resolución presentado por A.P.U.T.N., que dice: “VISTO la necesidad de dar urgente respuesta a los compañeros no docentes jubilados y/o en condiciones de jubilarse, y CONSIDERANDO: Que el proyecto de ley sobre régimen jubilatorio para trabajadores elevado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional contempla solo a docentes universitarios. Que aún cuando el proyecto del Poder Ejecutivo no incluye la aplicación de un porcentaje para la movilidad para la definición de los haberes provisionales, constituye un positivo avance en la realidad de los compañeros jubilados. Que el citado proyecto viene a resolver una situación de inequidad entre los docentes universitarios que trabajan con diferentes dedicaciones y los trabajadores no docentes. Que la equidad buscada entre los trabajadores universitarios debe, sin lugar a dudas, incluir también a los trabajadores no docentes. Que la propia Universidad tiene la responsabilidad de pronunciarse en relación a esta necesidad y garantizar la igualdad entre todos los trabajadores universitarios de su comunidad. Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Solicitar al Gobierno Nacional que extienda los alcances del régimen jubilatorio propuesto para los trabajadores docentes universitarios y a los trabajadores no docentes de la Universidad Tecnológica Nacional. ARTÍCULO 2º.- Colaborar en todo lo que este al alcance de nuestra Universidad a los efectos de dar una pronta resolución a dicho tema. ARTÍCULO 3º.- De forma.” El Dr. Ercoli continúa leyendo el Despacho elaborado por la Comisión que dice: “ANALIZADAS las presentes actuaciones, la Comisión de Interpretación y Reglamento, aconseja hacer lugar al Proyecto de Resolución, presentado por el Secretario General de la A.P.U.T.N., Prof. Norberto Gutiérrez, mediante el cual se solicita al Gobierno Nacional, extienda los alcances del Régimen Jubilatorio propuesto para los Docentes Universitarios, a los Trabajadores No Docentes de esta Universidad”. La consejera Codiani adhiere al proyecto presentado por el Profesor Norberto Gutierrez, y mociona que se incorpore la palabra “movilidad” al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). Aclara que en realidad se basa en una Resolución de Consejo Superior del año pasado, donde se peticiona y avala el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil para los Docentes Universitarios. Opina que la Universidad es una sola, que son todos trabajadores, independientemente de las funciones que se cumplen; y que más allá del interrogante de si va a salir, o si lo van a dar, peticiona que además de adherir al proyecto del Prof. Norberto Gutierrez, se agregue que el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) para los trabajadores, en realidad sea un OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) “móvil”. La Consejera Codiani agrega que existen antecedentes de la Universidad Nacional de Mar del Plata, que pide para todos los trabajadores que el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) para el aporte jubilatorio, sea móvil. El Ing. Vicente Martín señala, que no sabe si debido a un error de lectura o redacción, se habla de aportes “provisionales”, en lugar de “previsionales”. El Ing. Brotto pide que se lea nuevamente el despacho de la Comisión, ya que el Consejo Superior, tendría que apoyar ese despacho para las universidades nacionales. Debido a que ese tema es tratado por la F.A.T.U.N., en el régimen de paritarias con el Gobierno Nacional, e internamente se trata en el Consejo Superior; pero hay que lograrlo para el total de las universidades nacionales. Señala que no habría que poner solamente U.T.N.. Que se deje en el despacho interno U.T.N., pero en el despacho que sale de ese Consejo Superior mencionar que es para las universidades nacionales. El Ing. Ércoli dice que donde dice:”…extiendan los alcances del Régimen Jubilatorio propuesto para los Docentes Universitarios, a los Trabajadores No Docentes de esta Universidad.”; habría que corregir con “de las universidades nacionales”. El Ing. Ércoli menciona que entonces, además habría que modificar el proyecto de resolución de A.P.U.T.N., ya que ahí se habla específicamente de la U.T.N.. El Consejero Gutierrez expresa que coincide con lo propuesto por la consejera Codiani, que incluso le gustaría pedir el NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO (99%) móvil, en lugar del OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Señala que los Docentes Investigadores tienen el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%), y a partir de que a los mismos, les sale esa jubilación, es que comienza una movida, principalmente de las DOS (2) CONADU, de varios gremios docentes, FAGDUT, FEDIUM, y otros, en la que empezaron a juntar firmas. Luego el Poder Ejecutivo acepta eso, y pone el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). El consejero Gutierrez continúa diciendo que todos los que participaban de las reuniones y conjuntamente con la Federación, creían que era avanzar en el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%); que se negaban a tratar la movilidad. Por lo que se dijo de ir por el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) y luego pelear por la movilidad. Expresa que están de acuerdo, que eso fue una conquista arrebatada en el año MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS (1976) por la dictadura militar; que simplemente quieren volver a tener ese OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil; ya que hoy, todas las aguas dicen, que van al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) sin la movilidad. Que por supuesto van a pedir la movilidad también; pero que era una manera de avanzar en el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) y en el Ministerio de Educación. Dice estar de acuerdo, pero que no es el momento, porque todos coinciden en avanzar en el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). El consejero Sánchez dice que escuchando a la consejera Codiani y al profesor Gutierrez, coincide en que tienen que tener la movilidad, y en que deben mantener la coherencia de la resolución anterior. Que si en la resolución anterior el Consejo Superior aprobó con movilidad, esa también debería decir “movilidad”. Comenta que si luego en la negociación sale el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%), es parte de la negociación; que bien saben que en una negociación todos deben ceder algo, y si se sabe que lo que tienen que ceder es la movilidad, hay que ponerla. La Consejera Codiani aclara que anteriormente se expresó mal, que está hablando de la jubilación que la gente va a percibir, no del aporte, ya que si además les siguen sacando sería tristísimo. Agrega que tienen Dos (2) resoluciones aprobadas por Consejos Directivos, donde por ejemplo, en el caso de la F.R. Buenos Aires, como consejera directiva, presentó ese proyecto y salió aprobado el pedir y peticionar el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Y comenta que además sabe que en la F.R. Córdoba, el modelo de esa resolución también se presentó. Y por otro lado, teniendo en cuenta lo dicho por el Señor Rector, mociona que se ponga el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil para todas las universidades nacionales. El A.U.S. Ricardo Saller señala que lo de “universidades nacionales”, ya fue corregido por la Comisión; por lo que queda pendiente si la Comisión acepta agregar el párrafo del OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. El Ing. Ércoli dice que en la Comisión ya se estaba de acuerdo, pero a raíz de los argumentos del profesor Gutierrez, originante del proyecto, coinciden con él en acompañar la forma en que lo presentaba. Señala que todos en la Comisión pedían el “móvil”. Continúa diciendo que si ahora se decide aceptar los argumentos del Cuerpo, no hay ningún problema en colocar la palabra “móvil” donde corresponda en el proyecto de resolución. El A.U.S. Ricardo Saller pregunta al consejero Gutierrez si está de acuerdo. El Consejero Gutierrez acepta. Se somete a consideración el despacho de la Comisión, más el agregado de “universidades nacionales”, más el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Queda aprobado constituyendo la Resolución Nº 559/2008.
10.- SECRETARIO GENERAL DE LA APUTN: Profesor Norberto GUTIERREZ – solicita el tratamiento del proyecto de resolución, mediante la cual solicita al Gobierno Nacional la incorporación de todos los trabajadores Universitarios, al régimen jubilatorio que otorga el 82%, de las remuneraciones que vienen percibiendo.----------El Ing. Ércoli da lectura al proyecto de Resolución presentado por A.P.U.T.N., que dice: “VISTO la necesidad de dar urgente respuesta a los compañeros no docentes jubilados y/o en condiciones de jubilarse, y CONSIDERANDO: Que el proyecto de ley sobre régimen jubilatorio para trabajadores elevado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional contempla solo a docentes universitarios. Que aún cuando el proyecto del Poder Ejecutivo no incluye la aplicación de un porcentaje para la movilidad para la definición de los haberes provisionales, constituye un positivo avance en la realidad de los compañeros jubilados. Que el citado proyecto viene a resolver una situación de inequidad entre los docentes universitarios que trabajan con diferentes dedicaciones y los trabajadores no docentes. Que la equidad buscada entre los trabajadores universitarios debe, sin lugar a dudas, incluir también a los trabajadores no docentes. Que la propia Universidad tiene la responsabilidad de pronunciarse en relación a esta necesidad y garantizar la igualdad entre todos los trabajadores universitarios de su comunidad. Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Solicitar al Gobierno Nacional que extienda los alcances del régimen jubilatorio propuesto para los trabajadores docentes universitarios y a los trabajadores no docentes de la Universidad Tecnológica Nacional. ARTÍCULO 2º.- Colaborar en todo lo que este al alcance de nuestra Universidad a los efectos de dar una pronta resolución a dicho tema. ARTÍCULO 3º.- De forma.” El Dr. Ercoli continúa leyendo el Despacho elaborado por la Comisión que dice: “ANALIZADAS las presentes actuaciones, la Comisión de Interpretación y Reglamento, aconseja hacer lugar al Proyecto de Resolución, presentado por el Secretario General de la A.P.U.T.N., Prof. Norberto Gutiérrez, mediante el cual se solicita al Gobierno Nacional, extienda los alcances del Régimen Jubilatorio propuesto para los Docentes Universitarios, a los Trabajadores No Docentes de esta Universidad”. La consejera Codiani adhiere al proyecto presentado por el Profesor Norberto Gutierrez, y mociona que se incorpore la palabra “movilidad” al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). Aclara que en realidad se basa en una Resolución de Consejo Superior del año pasado, donde se peticiona y avala el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil para los Docentes Universitarios. Opina que la Universidad es una sola, que son todos trabajadores, independientemente de las funciones que se cumplen; y que más allá del interrogante de si va a salir, o si lo van a dar, peticiona que además de adherir al proyecto del Prof. Norberto Gutierrez, se agregue que el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) para los trabajadores, en realidad sea un OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) “móvil”. La Consejera Codiani agrega que existen antecedentes de la Universidad Nacional de Mar del Plata, que pide para todos los trabajadores que el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) para el aporte jubilatorio, sea móvil. El Ing. Vicente Martín señala, que no sabe si debido a un error de lectura o redacción, se habla de aportes “provisionales”, en lugar de “previsionales”. El Ing. Brotto pide que se lea nuevamente el despacho de la Comisión, ya que el Consejo Superior, tendría que apoyar ese despacho para las universidades nacionales. Debido a que ese tema es tratado por la F.A.T.U.N., en el régimen de paritarias con el Gobierno Nacional, e internamente se trata en el Consejo Superior; pero hay que lograrlo para el total de las universidades nacionales. Señala que no habría que poner solamente U.T.N.. Que se deje en el despacho interno U.T.N., pero en el despacho que sale de ese Consejo Superior mencionar que es para las universidades nacionales. El Ing. Ércoli dice que donde dice:”…extiendan los alcances del Régimen Jubilatorio propuesto para los Docentes Universitarios, a los Trabajadores No Docentes de esta Universidad.”; habría que corregir con “de las universidades nacionales”. El Ing. Ércoli menciona que entonces, además habría que modificar el proyecto de resolución de A.P.U.T.N., ya que ahí se habla específicamente de la U.T.N.. El Consejero Gutierrez expresa que coincide con lo propuesto por la consejera Codiani, que incluso le gustaría pedir el NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO (99%) móvil, en lugar del OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Señala que los Docentes Investigadores tienen el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%), y a partir de que a los mismos, les sale esa jubilación, es que comienza una movida, principalmente de las DOS (2) CONADU, de varios gremios docentes, FAGDUT, FEDIUM, y otros, en la que empezaron a juntar firmas. Luego el Poder Ejecutivo acepta eso, y pone el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). El consejero Gutierrez continúa diciendo que todos los que participaban de las reuniones y conjuntamente con la Federación, creían que era avanzar en el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%); que se negaban a tratar la movilidad. Por lo que se dijo de ir por el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) y luego pelear por la movilidad. Expresa que están de acuerdo, que eso fue una conquista arrebatada en el año MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS (1976) por la dictadura militar; que simplemente quieren volver a tener ese OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil; ya que hoy, todas las aguas dicen, que van al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) sin la movilidad. Que por supuesto van a pedir la movilidad también; pero que era una manera de avanzar en el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) y en el Ministerio de Educación. Dice estar de acuerdo, pero que no es el momento, porque todos coinciden en avanzar en el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%). El consejero Sánchez dice que escuchando a la consejera Codiani y al profesor Gutierrez, coincide en que tienen que tener la movilidad, y en que deben mantener la coherencia de la resolución anterior. Que si en la resolución anterior el Consejo Superior aprobó con movilidad, esa también debería decir “movilidad”. Comenta que si luego en la negociación sale el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%), es parte de la negociación; que bien saben que en una negociación todos deben ceder algo, y si se sabe que lo que tienen que ceder es la movilidad, hay que ponerla. La Consejera Codiani aclara que anteriormente se expresó mal, que está hablando de la jubilación que la gente va a percibir, no del aporte, ya que si además les siguen sacando sería tristísimo. Agrega que tienen Dos (2) resoluciones aprobadas por Consejos Directivos, donde por ejemplo, en el caso de la F.R. Buenos Aires, como consejera directiva, presentó ese proyecto y salió aprobado el pedir y peticionar el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Y comenta que además sabe que en la F.R. Córdoba, el modelo de esa resolución también se presentó. Y por otro lado, teniendo en cuenta lo dicho por el Señor Rector, mociona que se ponga el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil para todas las universidades nacionales. El A.U.S. Ricardo Saller señala que lo de “universidades nacionales”, ya fue corregido por la Comisión; por lo que queda pendiente si la Comisión acepta agregar el párrafo del OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. El Ing. Ércoli dice que en la Comisión ya se estaba de acuerdo, pero a raíz de los argumentos del profesor Gutierrez, originante del proyecto, coinciden con él en acompañar la forma en que lo presentaba. Señala que todos en la Comisión pedían el “móvil”. Continúa diciendo que si ahora se decide aceptar los argumentos del Cuerpo, no hay ningún problema en colocar la palabra “móvil” donde corresponda en el proyecto de resolución. El A.U.S. Ricardo Saller pregunta al consejero Gutierrez si está de acuerdo. El Consejero Gutierrez acepta. Se somete a consideración el despacho de la Comisión, más el agregado de “universidades nacionales”, más el OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) móvil. Queda aprobado constituyendo la Resolución Nº 559/2008.
viernes, 29 de agosto de 2008
Ley de Salud Reproductiva y Procreación Responsable: Resolución de DASUTEN otorgando cobertura del 100% en anticonceptivos


Les envío la resolución .
En el Consejo Superior que terminó en el día de ayer, presenté el proyecto para que se de cumplimiento a la Ley Nac. 25.673 (Ley de Salud Reproductiva y Procreación Responsable), y por lo visto en muy buena sintonía ya que estaba a punto de implementarse la decisión de comenzar con la temática que es un derecho de sus afiliadas. De todas maneras mi proyecto se debatió en todas las comisiones, y quedó explícito que esta resolución es un comienzo porque la Ley Nacional comprende muchos aspectos que no estan contemplados aún, e inclusive considero que hay que hacer algunas modificaciones en lo referido a edades y normativa que la sustentan.
Y es importante empezar a implementar la Ley.
La resolución tiene varios anexos, que no envío por lo extensos, entiendo que esto se va a difundir en todas las regionales, en caso de interés de álguien en particular vería de enviarlo. Saludos Ana Codiani
Consejera Superior
martes, 12 de agosto de 2008
Observaciones al proyecto de movilidad de las jubilaciones enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso
Link donde podrán encontrar el proyecto oficial sobre la movilidad de las Jubilaciones enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso
http://www.diputados.gov.ar/
http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-108937-2008-08-02.html
CRITICAS DE DIPUTADOS OPOSITORES Y DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Trampitas de la movilidad
Especialistas en previsión social advirtieron en las últimas horas que la fórmula propuesta en el proyecto oficial de movilidad podría dejar a los jubilados sin aumentos en algunos semestres.
Por Cledis Candelaresi
A ojos de los especialistas que en principio avalaron el proyecto de movilidad previsional del Gobierno, éste incluye "trampas" que dificultarían su aprobación parlamentaria. Vista con detenimiento, la fórmula para ajustar los haberes en algunos semestres podría dejar a las jubilaciones sin aumento. Esto alertó a legisladores como la diputada María América González, al defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, y a la propia CGT, donde la cuestión fue tema de debate el jueves pasado, a instancias de un planteo que hizo el aduanero Carlos Sueiro. Esta cuestión amenaza con convertir la iniciativa en una propuesta tan polémica como las retenciones móviles, con el consiguiente costo político para la gestión de Cristina Fernández de Kirchner.
La propuesta que el Gobierno giró al Parlamento prevé que desde el 2009 los haberes tengan dos aumentos anuales, uno en marzo y otro en septiembre, que resultarán de combinar los incrementos que en el semestre previo registren la recaudación de tributos que nutren a la Seguridad Social y la evolución del salario, según la medición del Indec. Ambos factores con la misma ponderación: mitad y mitad. Dicho de una manera simplificada, si los ingresos de la Anses subieran un 10 por ciento y el Coeficiente de Variación Salarial un 14, las jubilaciones se incrementarían un 12.
Así enunciado, el criterio propuesto ganó los aplausos de la mayor parte de los legisladores, en muchos casos autores de la cuarentena de proyectos acumulados en el Congreso para promover la movilidad de los haberes, anclados desde que en 1995 se votó la ley de Solidaridad Previsional. El defensor de la Tercera Edad también vio con satisfacción la propuesta, que en principio permite ligar las jubilaciones con la suerte de los sueldos de los trabajadores activos sin disociarla, al mismo tiempo, de la recaudación que tienen que costear esas jubilaciones. El problema surgió al realizar una lectura más detallada del proyecto oficial.
De la iniciativa oficial se desprende que la evolución del haber también está condicionada a lo que ocurra con la recaudación global de todos los impuestos nacionales, al punto de que si ésta no aumenta en un semestre, los jubilados no tendrían incremento alguno. Hasta los especialistas difieren en cómo se llega hasta este lugar desalentador, pero todos concuerdan con que existe esa subordinación determinante.
Desde el punto de vista técnico, lo claro es que se intenta evitar una eventual presión desmesurada sobre la caja pública. Desde el punto de vista político, de algún modo atenta contra la bandera levantada por los más comprometidos con la cuestión previsional, que quieren derogar definitivamente la ley de Solidaridad. Esta norma liga la suerte de los jubilados a la recaudación y supedita cualquier aumento a excedentes presupuestarios. De algún modo, la propuesta kirchnerista termina rescatando ese postulado, que tiene lógica macroeconómica aunque vulnera el derecho de los beneficiarios a preservar el valor de su haber.
El criterio para actualizar jubilaciones sugerido por la Organización Internacional del Trabajo es el del índice de precios. Esta pauta fue propuesta hace casi dos años por el PRO en el Parlamento, pero resultó desechada por oficialistas y opositores que lo consideraban riesgoso para los intereses de los jubilados: entonces no existía la inflación actual y se transitaba una etapa de recomponer los salarios aún erosionados por la devaluación. El Coeficiente de Variación Salarial, a juicio de muchos técnicos, resulta más fiable, ya que está fiscalizado hasta por los gremios, cuya actividad es medida por el Indec, amén de que fue el camino elegido por la Corte Suprema cuando en un segundo fallo ordenó un ajuste superior al 80 por ciento en el "caso Badaro".
La compleja fórmula polinómica incluida en el texto que el Poder Ejecutivo giró al Congreso surgirá de medir lo que ocurrió en el semestre inmediato anterior, sin cotejarlo con otro período. Esto originó temores sobre dos eventuales riesgos. Uno: que la recaudación que alimenta el sistema previsional (IVA, Ganancias, Combustibles, Tabaco y otros) no se mueva, para lo que no es necesario una recesión sino que basta con amesetamiento de la economía. Dos: que los salarios no se muevan ese semestre, porque hubo un aumento el anterior. Frenos posibles para las jubilaciones.
Los ajustes previstos en la propuesta oficial involucran básicamente a los beneficiarios del sistema de reparto, aunque también establece un incremento de 220 a 326 pesos para la Prestación Básica Universal que perciben los jubilados a través de las AFJP. Pero a partir de entonces, la PBU sólo se incrementará anualmente y en función de la disponibilidad presupuestaria, quedando desligada del controvertido coeficiente.
----- Original Message -----
From: ADIUNJu
Sent: Monday, August 11, 2008 7:30 PM
Subject: ADIUNJu: "Ley para subir el monto de las jubilaciones, no de movilidad".
ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUYIndependencia 188 (C.P. 4600) Jujuy - TEL.(0388) 4234206 - adiunju@imagine.com.ar - www.adiunju.org.arPERSONERÍA GREMIAL Nº 1714
Parte de Prensa
"Ley para subir el monto de las jubilaciones, no de movilidad".
ADIUNJu informa a sus afiliados que: el tan promocionado "proyecto de movilidad en la jubilación" que el Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación no es tal.
El mencionado proyecto solo permitirá a partir de su aplicación prevista para el 2009 aumentar, dos veces al año en forma sistemática y no sujeta a los deseos del gobernante de turno, los haberes de los jubilados del régimen provisional público.
El RIPTE Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estatales, publicado por la Secretaria de Seguridad Social será la "formula mágica" a utilizar.
Este mecanismo para nada tiene previsto que el haber del jubilado aumentará de la misma forma que el sueldo del trabajador en actividad; por lo que solo se otorgará desde el gobierno un "nuevo paliativo" al sector pasivo.
Por su parte, a nivel gremial seguimos exigiendo se aplique la ley de movilidad especial que tenemos: docentes e investigadores universitarios, científicos, diplomáticos y jueces al aportar un 2% más, lo que nos otorga el derecho de una jubilación con el 82% o el 85% móvil del cargo por el que nos jubilamos.
S. S. de Jujuy, 30 de julio de 2008.-
José Del Frari María Ester Salas Soler
Sec. Adjunto ADIUNJu Sec. General ADIUNJu
Sec. Adjunto CONADU Histórica
http://www.diputados.gov.ar/
http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-108937-2008-08-02.html
CRITICAS DE DIPUTADOS OPOSITORES Y DEL DEFENSOR DEL PUEBLO
Trampitas de la movilidad
Especialistas en previsión social advirtieron en las últimas horas que la fórmula propuesta en el proyecto oficial de movilidad podría dejar a los jubilados sin aumentos en algunos semestres.
Por Cledis Candelaresi
A ojos de los especialistas que en principio avalaron el proyecto de movilidad previsional del Gobierno, éste incluye "trampas" que dificultarían su aprobación parlamentaria. Vista con detenimiento, la fórmula para ajustar los haberes en algunos semestres podría dejar a las jubilaciones sin aumento. Esto alertó a legisladores como la diputada María América González, al defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, y a la propia CGT, donde la cuestión fue tema de debate el jueves pasado, a instancias de un planteo que hizo el aduanero Carlos Sueiro. Esta cuestión amenaza con convertir la iniciativa en una propuesta tan polémica como las retenciones móviles, con el consiguiente costo político para la gestión de Cristina Fernández de Kirchner.
La propuesta que el Gobierno giró al Parlamento prevé que desde el 2009 los haberes tengan dos aumentos anuales, uno en marzo y otro en septiembre, que resultarán de combinar los incrementos que en el semestre previo registren la recaudación de tributos que nutren a la Seguridad Social y la evolución del salario, según la medición del Indec. Ambos factores con la misma ponderación: mitad y mitad. Dicho de una manera simplificada, si los ingresos de la Anses subieran un 10 por ciento y el Coeficiente de Variación Salarial un 14, las jubilaciones se incrementarían un 12.
Así enunciado, el criterio propuesto ganó los aplausos de la mayor parte de los legisladores, en muchos casos autores de la cuarentena de proyectos acumulados en el Congreso para promover la movilidad de los haberes, anclados desde que en 1995 se votó la ley de Solidaridad Previsional. El defensor de la Tercera Edad también vio con satisfacción la propuesta, que en principio permite ligar las jubilaciones con la suerte de los sueldos de los trabajadores activos sin disociarla, al mismo tiempo, de la recaudación que tienen que costear esas jubilaciones. El problema surgió al realizar una lectura más detallada del proyecto oficial.
De la iniciativa oficial se desprende que la evolución del haber también está condicionada a lo que ocurra con la recaudación global de todos los impuestos nacionales, al punto de que si ésta no aumenta en un semestre, los jubilados no tendrían incremento alguno. Hasta los especialistas difieren en cómo se llega hasta este lugar desalentador, pero todos concuerdan con que existe esa subordinación determinante.
Desde el punto de vista técnico, lo claro es que se intenta evitar una eventual presión desmesurada sobre la caja pública. Desde el punto de vista político, de algún modo atenta contra la bandera levantada por los más comprometidos con la cuestión previsional, que quieren derogar definitivamente la ley de Solidaridad. Esta norma liga la suerte de los jubilados a la recaudación y supedita cualquier aumento a excedentes presupuestarios. De algún modo, la propuesta kirchnerista termina rescatando ese postulado, que tiene lógica macroeconómica aunque vulnera el derecho de los beneficiarios a preservar el valor de su haber.
El criterio para actualizar jubilaciones sugerido por la Organización Internacional del Trabajo es el del índice de precios. Esta pauta fue propuesta hace casi dos años por el PRO en el Parlamento, pero resultó desechada por oficialistas y opositores que lo consideraban riesgoso para los intereses de los jubilados: entonces no existía la inflación actual y se transitaba una etapa de recomponer los salarios aún erosionados por la devaluación. El Coeficiente de Variación Salarial, a juicio de muchos técnicos, resulta más fiable, ya que está fiscalizado hasta por los gremios, cuya actividad es medida por el Indec, amén de que fue el camino elegido por la Corte Suprema cuando en un segundo fallo ordenó un ajuste superior al 80 por ciento en el "caso Badaro".
La compleja fórmula polinómica incluida en el texto que el Poder Ejecutivo giró al Congreso surgirá de medir lo que ocurrió en el semestre inmediato anterior, sin cotejarlo con otro período. Esto originó temores sobre dos eventuales riesgos. Uno: que la recaudación que alimenta el sistema previsional (IVA, Ganancias, Combustibles, Tabaco y otros) no se mueva, para lo que no es necesario una recesión sino que basta con amesetamiento de la economía. Dos: que los salarios no se muevan ese semestre, porque hubo un aumento el anterior. Frenos posibles para las jubilaciones.
Los ajustes previstos en la propuesta oficial involucran básicamente a los beneficiarios del sistema de reparto, aunque también establece un incremento de 220 a 326 pesos para la Prestación Básica Universal que perciben los jubilados a través de las AFJP. Pero a partir de entonces, la PBU sólo se incrementará anualmente y en función de la disponibilidad presupuestaria, quedando desligada del controvertido coeficiente.
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From: ADIUNJu
Sent: Monday, August 11, 2008 7:30 PM
Subject: ADIUNJu: "Ley para subir el monto de las jubilaciones, no de movilidad".
ASOCIACIÓN DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUYIndependencia 188 (C.P. 4600) Jujuy - TEL.(0388) 4234206 - adiunju@imagine.com.ar - www.adiunju.org.arPERSONERÍA GREMIAL Nº 1714
Parte de Prensa
"Ley para subir el monto de las jubilaciones, no de movilidad".
ADIUNJu informa a sus afiliados que: el tan promocionado "proyecto de movilidad en la jubilación" que el Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación no es tal.
El mencionado proyecto solo permitirá a partir de su aplicación prevista para el 2009 aumentar, dos veces al año en forma sistemática y no sujeta a los deseos del gobernante de turno, los haberes de los jubilados del régimen provisional público.
El RIPTE Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estatales, publicado por la Secretaria de Seguridad Social será la "formula mágica" a utilizar.
Este mecanismo para nada tiene previsto que el haber del jubilado aumentará de la misma forma que el sueldo del trabajador en actividad; por lo que solo se otorgará desde el gobierno un "nuevo paliativo" al sector pasivo.
Por su parte, a nivel gremial seguimos exigiendo se aplique la ley de movilidad especial que tenemos: docentes e investigadores universitarios, científicos, diplomáticos y jueces al aportar un 2% más, lo que nos otorga el derecho de una jubilación con el 82% o el 85% móvil del cargo por el que nos jubilamos.
S. S. de Jujuy, 30 de julio de 2008.-
José Del Frari María Ester Salas Soler
Sec. Adjunto ADIUNJu Sec. General ADIUNJu
Sec. Adjunto CONADU Histórica
miércoles, 4 de junio de 2008
La Corte Suprema habilitó a los jubilados a hacer más juicios por movilidad
http://www.clarin.com/diario/2008/06/04/elpais/p-01901.htm
UN FALLO QUE DEJA SIN EFECTO EL CRITERIO DE "COSA JUZGADA"
La Corte habilitó a los jubilados a hacer más juicios por movilidad
Por: Ismael Bermúdez
Los jubilados que ya ganaron un juicio por movilidad pueden volver a reclamar la actualización de sus haberes, según lo que dispuso por unanimidad la Corte Suprema "a la luz de los cambios económicos que se fueron operando en el país desde 2002".
Hasta ahora, si un jubilado obtenía una sentencia firme por reajuste (técnicamente llamada "cosa juzgada") no podía plantear otro reclamo de movilidad.
El fallo benefició a la jubilada Myriam Guadalupe Carutti, quien en los 90 inició un juicio de reajuste contra la ANSeS. El caso llegó hasta la anterior Corte, que ratificó el reajuste hasta marzo de 1995, en base al fallo Chocobar, (13,78 % de aumento sobre el haber al 31 de marzo de 1991) porque desde esa fecha rigió la ley de "Solidaridad Previsional", que condicionó todo reajuste a lo que resolviera el Congreso Nacional. Así, la causa fue considerada "cosa juzgada".
En 2005, Carutti inició un nuevo juicio de reajuste, reclamando la movilidad que se fue aplicando por "la inacción" del Congreso. Su demanda fue rechazada en el Juzgado Federal de Santa Fe, y luego por la Sala III de la Cámara, con el mismo argumento de "cosa juzgada".
Luego de apelar, la causa llegó a la Corte que ahora resolvió dejar sin efecto la doctrina anterior (Heit Rupp) y extenderle a Carutti los beneficios del caso Badaro (88,6% de reajuste entre enero de 2002 y diciembre 2006).
"Si se respetara el valor inamovible de la cosa juzgada, ningún jubilado con una sentencia Chocobar podría reclamar alguna movilidad, pese al cambio de las condiciones económicas a partir del año 2002. Y es sabido que hechos posteriores al otorgamiento de una jubilación, pueden alterar su valor adquisitivo y obligar a una revisión de lo resuelto, si se quiere actuar con equidad", opinó el abogado Guillermo Jáuregui.
En 2006 -como informó Clarín- en la causa Taladrid Teolindo la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social se pronunció en el mismo sentido.
Ese tribunal de segunda instancia argumentó que después de marzo de 1995 y "ante la verificación del cambio sustancial de las variables económicas que se produjo a partir del año 2002, en que los salarios de los activos y el costo de vida han experimentado un alza sustancial, surge palmario el distanciamiento entre los niveles remunerativos de actividad y pasividad".
INFORMO
LISTA 10
IDENTIDAD NO-DOCENTE
UN FALLO QUE DEJA SIN EFECTO EL CRITERIO DE "COSA JUZGADA"
La Corte habilitó a los jubilados a hacer más juicios por movilidad
Por: Ismael Bermúdez
Los jubilados que ya ganaron un juicio por movilidad pueden volver a reclamar la actualización de sus haberes, según lo que dispuso por unanimidad la Corte Suprema "a la luz de los cambios económicos que se fueron operando en el país desde 2002".
Hasta ahora, si un jubilado obtenía una sentencia firme por reajuste (técnicamente llamada "cosa juzgada") no podía plantear otro reclamo de movilidad.
El fallo benefició a la jubilada Myriam Guadalupe Carutti, quien en los 90 inició un juicio de reajuste contra la ANSeS. El caso llegó hasta la anterior Corte, que ratificó el reajuste hasta marzo de 1995, en base al fallo Chocobar, (13,78 % de aumento sobre el haber al 31 de marzo de 1991) porque desde esa fecha rigió la ley de "Solidaridad Previsional", que condicionó todo reajuste a lo que resolviera el Congreso Nacional. Así, la causa fue considerada "cosa juzgada".
En 2005, Carutti inició un nuevo juicio de reajuste, reclamando la movilidad que se fue aplicando por "la inacción" del Congreso. Su demanda fue rechazada en el Juzgado Federal de Santa Fe, y luego por la Sala III de la Cámara, con el mismo argumento de "cosa juzgada".
Luego de apelar, la causa llegó a la Corte que ahora resolvió dejar sin efecto la doctrina anterior (Heit Rupp) y extenderle a Carutti los beneficios del caso Badaro (88,6% de reajuste entre enero de 2002 y diciembre 2006).
"Si se respetara el valor inamovible de la cosa juzgada, ningún jubilado con una sentencia Chocobar podría reclamar alguna movilidad, pese al cambio de las condiciones económicas a partir del año 2002. Y es sabido que hechos posteriores al otorgamiento de una jubilación, pueden alterar su valor adquisitivo y obligar a una revisión de lo resuelto, si se quiere actuar con equidad", opinó el abogado Guillermo Jáuregui.
En 2006 -como informó Clarín- en la causa Taladrid Teolindo la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social se pronunció en el mismo sentido.
Ese tribunal de segunda instancia argumentó que después de marzo de 1995 y "ante la verificación del cambio sustancial de las variables económicas que se produjo a partir del año 2002, en que los salarios de los activos y el costo de vida han experimentado un alza sustancial, surge palmario el distanciamiento entre los niveles remunerativos de actividad y pasividad".
INFORMO
LISTA 10
IDENTIDAD NO-DOCENTE
martes, 3 de junio de 2008
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